lunes, 29 de febrero de 2016

Los delitos de denuncia falsa y simulación de delitos. Cuándo se producen

El poner una denuncia falsa es cometer un delito y así se informan en todas las comisarías de Policía de España.

Este delito, que se encuentra recogido en el Código Penal español, recoge que la pena prevista depende de la gravedad del ilícito que se haya imputado falsamente. Así el artículo 456 del Código Penal recoge que si se imputó falsamente un delito grave, es de 6 meses a 2 años de privación de libertad y multa de 12 a 24 meses; si se imputó un delito menos grave, multa de 12 a 24 meses y si lo que se imputó falsamente era una falta, multa de 3 a 6 meses.

Hay que tener en cuenta que hay varios hechos que no es denuncia falsa como:

  • Denunciar hechos que no son constitutivos de delito. Si el denunciante denuncia los hechos y no tiene que saber si son delito o no, para eso están abogados, jueces y fiscales. Si tiene cualquier duda sobre si se trata de un delito penal o no, puede asesorarte a través de un abogado.

 

  • Denunciar sin pruebas, tampoco es un delito de denuncia falsa.

 

  • Retirar una denuncia o no ratificarla, tampoco es un delito de denuncia falsa

 

delito penal

 

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

TÍTULO XX

Delitos contra la Administración de Justicia

CAPÍTULO V
De la acusación y denuncia falsas y de la simulación de delitos

Artículo 456

1. Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados:

1.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave.
2.º Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave.
3.º Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara un delito leve.
2. No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada. Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido.

Artículo 457

El que, ante alguno de los funcionarios señalados en el artículo anterior, simulare ser responsable o víctima de una infracción penal o denunciare una inexistente, provocando actuaciones procesales, será castigado con la multa de seis a doce meses.

 

 

 

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viernes, 12 de febrero de 2016

Abogados especialistas en negligencias veterinarias

Desavenencias y problemas que pueden surgir en relación con la asistencia veterinaria de su mascota.

El cariño que llegamos a sentir por nuestras mascotas (si usted tiene una, seguro que sabe a lo que me refiero) nos lleva a ser especialmente sensibles con todas aquellas situaciones en las que el animal sufre una enfermedad o lesión de cualquier tipo. Ni que decir tiene que los supuestos en los que llega a producirse el fallecimiento del animal son terriblemente dolorosos.
Por eso considero importante instruirle acerca de algunas nociones básicas relativas a sus derechos como propietario cuando contrate los servicios de un veterinario. Cuando acudimos a la consulta de un veterinario y le pedimos que trate a nuestra mascota, no estamos haciendo otra cosa que celebrar un contrato con él, concretamente uno de arrendamiento de servicios.

En virtud del mismo, el profesional se compromete a diagnosticar al animal y a prescribirle un tratamiento en función de su sintomatología. Debe aplicar, en el desarrollo de ese compromiso que ha asumido, todos sus conocimientos y buena fe en el desempeño de su obligación. Él no puede comprometerse a curar al animal, a conseguir un resultado concreto, pero sí a ser diligente como profesional. Es una situación muy similar a la que se da en la medicina para los humanos.

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Usted, titular de la mascota, también asume una serie de obligaciones, fundamentalmente las de pagar el precio que haya acordado con el veterinario y, no menos importante, la de cumplir el tratamiento que éste haya prescrito. Si no respeta las condiciones que ha dispuesto para la recuperación del animal, será muy difícil que pueda atribuirle la responsabilidad en el caso de que algo no salga bien. Eso no quiere decir que el dueño se vea compelido a costear cualquier tipo de tratamiento, sobre todo cuando sea excesivamente caro y no disponga de medios económicos para sufragarlo.
Las negligencias veterinarias con las que me he encontrado como abogado defensor de los propietarios han sido muy variadas:
  • Error en el diagnóstico, incluso en casos en los que el veterinario debe saber que una determinada raza es propensa a ciertas dolencias o enfermedades.
  • Prescripción de un tratamiento erróneo, ya sea porque el medicamento que receta no es eficaz para los padecimientos del animal, ya porque se haya equivocado a la hora de recetarlo.
  • También son muy comunes las negligencias derivadas de las operaciones quirúrgicas, que van desde el olvido de materiales de la intervención en el interior del animal hasta carencias en las suturas, pasando por cirugías mal ejecutadas, reveladoras de una absoluta falta de competencia.
Si usted considera que ha sido perjudicado por la actuación de uno de estos profesionales, le recomiendo que contacte con un abogado especialista. En muchos casos será posible obtener una indemnización por los daños y perjuicios sufridos, si bien es importante que un abogado le asesore acerca del procedimiento de reclamación. No todos los daños se acreditan ante los Tribunales de la misma manera, y en estos incumplimientos contractuales entran en liza varios tipos de perjuicios: la pérdida del animal (habrá que demostrar su valor si, por ejemplo, el dueño desea comprar uno nuevo), los gastos derivados de la negligencia (clínicas veterinarias, medicamentos, consulta a otros profesionales, etc…) y, por último, el daño moral en el que usted valora la pérdida, que siempre es muy difícil de demostrar y de cuantificar.
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miércoles, 10 de febrero de 2016

Procuradores

Las leyes españolas exigen que para poder acceder a la jurisdicción (potestad de aplicar el derecho) se tiene que comparecer mediante un procurador y ser asistido por un abogado para ser defensivo.
Los procuradores representan a la parte, llevan tanto la tramitación como las notificaciones y mantienen informado al abogado, el cual se encarga de organizar una estrategia de defensa y redactar los escritos.
Básicamente se encarga de:

  • La representación procesal de los litigantes ante los Juzgados y Tribunales.
  • La presentación física de todos los escritos que el letrado redacta.
  • La redacción de demandas de todo tipo.
  • Transmitir al Abogado que dirige el caso todos los documentos, antecedentes e instrucciones que le remitan o pueda adquirir.

procurador de los tribunales

Las funciones que se le encomiendan al procurador están dirigidas a facilitar el proceso judicial, evitar que los justiciables se salten pasos, dilaciones excesivas o fraudes de ley y mostrar toda la cobertura legal y procesal que se necesita frente a la administración de justicia.


Viene a ser un interlocutor entre el juzgado y el cliente, ahorrando tramites y evitando tener que acudir de manera diaria a los tribunales para dar cualquier notificación.

Procuradores recomendados:
Procuradores de Madrid
Procuradores de Barcelona
Procuradores de Castilla y León
Procuradores de Ávila

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Peritos

El poder judicial constituye dentro del esquema de división de funciones la de dirimir las controversias sociales para evitar la justicia individual reivindicativa, y el desorden social.
Para reducir conflictos, se organiza el proceso judicial, como metodología de conocer y resolverlos y se desarrolla mediante métodos, manifestados en actos jurisdiccionales.
Es entonces, una necesidad que un experto científico y/o practico colabore en la tarea de investigación y permitir al Magistrado, incorporar al expediente elementos científicos, técnicos y tecnológicos en el conocimiento y esclarecimiento de la contradicción de hechos, actos, documentos, etc.

perito judicial
Según la Asociación Española de Peritaje judicial podemos explicar el concepto de Perito judicial de la siguiente manera:
"El Perito judicial es un profesional dotado de conocimientos especializados y reconocidos, a través de sus estudios superiores, que suministra información u opinión fundada a los tribunales de justicia sobre los puntos litigiosos que son materia de su dictamen"
El profesional del peritaje informa al juez u opina de forma fundamentada sobre aspectos de conocimientos que van mucho más allá de la competencia del juez (no existe obligación de conocer) para poner en conocimiento a dicho juez sobre esos aspectos que desconoce. Se podrá aplicar en función de los conocimientos del perito designado o bien por la aplicación de los conocimientos de una evaluación determinada.
Las obligaciones del Perito Judicial son:
  • Razonabilidad (argumentos)
  • Congruencia (Lógica entre argumentos)
  • Proporcionalidad (Hilar lo ocurrido con el resultado)
  • Buena Fe (No engañar)
Se trata de un funcionario judicial, con rol y función acotados a un acto jurisdiccional concreto, con el control del Magistrado y la supervisión de contenido y forma de las partes y el propio Juez.
La designación la efectúa el Juez/Magistrado dentro de sus facultades, otorgadas por el Estado, que le permite investigar mejor los hechos sucedidos, y hacerlo precisamente desde esas dos características: persona ajena a la causa y con conocimiento específico.
La actuación, es el cumplimiento de una función judicial y una elaboración científica y que es causa, de efectos jurídicos en el proceso. El informe o dictamen pericial versa sobre hechos, actos, etc., ocurridos históricamente (accidente de automotores; acto quirúrgico; caligráficas; contabilidad, etc.); estado actual de un hecho, cosa o persona (estado de un automotor o daño en una persona) o sobre su proyección hacia el futuro (el deterioro de salud de una persona o la desvalorización futura de un bien), etc.
Esto le impone al Perito Judicial, no solamente acreditar que la alternativa científica es tal y actual, y en segundo lugar, que la alternativa científica seleccionada es la más adecuada al caso concreto.

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Detectives

Muchos piensan en la típica figura del detective como aquel investigador con gabardina, sombrero y gafas de sol que se esconde tras las esquinas y sigue al marido o la mujer de alguien para descubrir que es infiel. Pero el papel del detective va mucho más allá de este estereotipo que hemos visto en tantas series y películas. En la vida real, los detectives son considerados un testigo privilegiado por jueces y magistrados. Sus equipos de profesionales se componen de investigadores, analistas, criminalistas y peritos, y sus informes son más que válidos ante los Tribunales de Justicia.
Los detectives suelen colaborar con abogados, empresas o particulares, aportando informes técnicos, investigaciones mercantiles, laborales, empresariales, análisis grafopsicológicos, etc. Los detectives acreditan, emiten el informe y desarrollan la pericia técnica solicitada. Sus áreas de investigación se dividen básicamente en tres ámbitos: el empresarial y laboral, el personal y familiar y el financiero.

En el área empresarial y laboral se encargarían de investigar temas como:
  • conflictos laborales
  • control de bajas laborales
  • informes pre-laborales (verificación de antecedentes y vida laboral)
  • informes comerciales
  • abuso sindical
  • sabotajes
  • fugas de información
  • contraespionaje industrial
  • competencia desleal
  • intrusismo profesional
  • absentismo laboral
En el ámbito familiar, las investigaciones que más demandan las personas afectadas sirven, por ejemplo, para reducir, aumentar o anular las pensiones económicas conyugales, revisar las manutenciones asignadas a los hijos o la solicitud de custodias de los progenitores por incumplimiento de los deberes del hogar. Lo que se vigila principalmente son:
  • relaciones extramatrimoniales, infidelidad y conductas anómalas de la pareja
  • comportamiento y desarrollo social de los hijos
  • pensiones alimenticias
  • procesos de separación y divorcio
  • custodia de los hijos
  • búsqueda y localización de personas, bienes y documentos en registros públicos
  • adicciones (drogas, alcohol, ludopatías...)
  • investigaciones de paternidad
  • fugas de menores del domicilio familiar
  • amenazas, coacciones y anónimos
En las investigaciones de carácter financiero, los detectives estudiarán, entre otros:
  • informes de solvencia
  • insolvencias fingidas
  • fallidas fraudulentas
  • alzamiento de bienes
  • balances económicos
En definitiva, ya sea usted un abogado, una empresa o un particular, debe tener en cuenta que las evidencias aportadas por los detectives, en colaboración con profesionales como abogados, psiquiatras, peritos calígrafos judiciales, psicólogos, grafopsicólogos, criminalistas, contables forenses de bienes, auditores de empresas, notarios y expertos en herencias, constituyen una valiosa prueba en los juzgados. No dude en contactar con un detective para conseguir pruebas que ayuden a fundamentar su caso ante los tribunales.

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Administradores de fincas

Los Administradores de Fincas desarrollan sus competencias en ámbitos como: urbanizaciones, centros comerciales, estadios de fútbol, etc… Además, no sólo se ciñen a las fincas urbanas, pues se pueden encargar perfectamente de la administración de las rústicas.
Los Administradores de Fincas tienen, como principal cometido, asistir a sus clientes en todos los aspectos financieros y jurídicos de sus inmuebles. Si nos centramos en las Comunidades de propietarios, la Ley de Propiedad horizontal establece, al hablar de los órganos de gobierno de la comunidad, que tiene que haber un administrador.
Sus funciones, ya se constituya en régimen de sólo administrador o en el de secretario-administrador, pueden ser asumidas tanto por uno de los vecinos del inmueble como por un Administrador de Fincas colegiado.
Entre las funciones de los Administradores de Fincas podemos destacar, sin ánimo de exhaustividad, las siguientes:

  • Velar porque el inmueble en su conjunto y sus diversas instalaciones se encuentren en un estado óptimo de utilización, haciendo las reparaciones necesarias y apercibiendo a quienes perturben la convivencia o causen cualquier tipo de daño en los elementos comunes.



  • Elaborar un informe de gastos previsibles y presentárselo a la Junta de propietarios para su aprobación.



  • Garantizar que se lleven a cabo las obras acordadas, estar pendientes de su evolución y pagar a los contratistas u operarios.


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Abogados

"Todo ciudadano tiene derecho a la defensa y asistencia de Abogado"   (Art. 24 de la Constitución).
El abogado es el profesional que ejerce la dirección y defensa de las partes en toda clase de procesos o el asesoramiento y consejo jurídico.

En el caso de un proceso judicial, el abogado es una pieza clave para tener una buena defensa.

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